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Conozca su plan: límite inferior y superior de la falta de cobertura

En el año 2006, en un plan de cobertura de medicamentos de Medicare estándar, usted ingresaba en el límite inferior de la falta de cobertura cuando la cantidad total de dinero que usted y su plan, combinados, habían gastado en “medicamentos cubiertos” alcanzaba los $2,250. En 2007, esa cantidad se elevará a $2,400.

Si su gasto total en medicamentos es elevado y no recibe ayuda extra para cubrir la falta de cobertura, considere la posibilidad de cambiarse a un plan que no tenga una falta de cobertura. Puede cambiarse de plan entre el 15 de noviembre y el 31 de diciembre de 2006. Si se cambia de plan durante ese período, su nueva cobertura se inicia a partir de enero de 2007.

En la cuenta para controlar si usted está afectado o no por la falta de cobertura se consideran solamente los medicamentos cubiertos.

  • Una vez que alcanza el límite inferior de la falta de cobertura, usted debe pagar el 100% del costo de sus medicamentos recetados, hasta que la cantidad total que haya pagado llegue al “límite de desembolso”. El límite del costo de desembolso es una cantidad expresada en dólares que marca el límite superior de la falta de cobertura. Este límite incluye las cantidades que usted pagó antes de alcanzar el límite inferior de la falta de cobertura. En el año 2006, el límite del costo de desembolso para la mayoría de los planes en los cuales hay una falta de cobertura es de $3,600. En 2007, el límite del costo de desembolso aumenta a $3,850.
  • Una vez que haya alcanzado el límite del costo de desembolso, pagará el 5% del costo de sus medicamentos cubiertos (o un pequeño copago) hasta finalizar el año calendario. Su plan cubrirá el resto. A esto se denomina “cobertura de catástrofe”, porque lo protege cuando el costo total de sus medicamentos es muy elevado.

Para el límite del costo de desembolso se consideran solamente algunos tipos de gastos.

  • Entre los gastos que se consideran para calcular su límite de costo de desembolso se cuentan: el gasto en medicamentos cubiertos (pagos deducibles, copagos, coseguros y todos los pagos de medicamentos cubiertos entre los límites de la falta de cobertura).
  • Entre los gastos que no se consideran para calcular su límite de costo de desembolso se cuentan los pagos de primas mensuales, pagos de medicamentos que no sean medicamentos cubiertos, pagos de medicamentos adquiridos en otros países, tales como Canadá o México, y los costos que pagan ciertos programas